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No queda claro qué clase de relevamiento realizó la AFIP en determinados edificios de categoría, pero cabe suponer que se trató de un “operativo” de los tantos a los que estamos acostumbrados desde hace varias décadas. Lo cierto es que según la información difundida fueron detectadas “inconsistencias” en las declaraciones impositivas en el 67% de los casos (unos 1.200 en total) El Lic. Abad informó que el 46% de los propietarios de departamentos “costosos” no estaba presentando la declaración jurada del Impuesto Sobre los Bienes Personales, y que el 10% era monotributista, una categoría de contribuyentes que impediría adquirir tales unidades con los ingresos corrientes. Fue determinada una deuda de $ 1,2 millones, que fue aceptada por los contribuyentes. Al mismo tiempo, se hizo el anuncio de la modificación de la todavía nonata resolución (AFIP) 2159, que establece un nuevo régimen de información, esta vez para los administradores de consorcios, que deberán denunciar semestralmente quiénes son los ocupantes de departamentos con expensas mayores a $ 600.- en promedio mensual (hasta ahora eran $ 400.-). Es indudable que la tendencia es buscar a los ricos que evaden impuestos porque eso es no solamente más beneficioso para las siempre ávidas arcas estatales, sino porque además vende considerablemente mejor que escarbar en el chiquitaje. Desde el punto de vista del impuesto sobre los bienes personales, (cuyo mínimo no imponible es de $ 102.300.- de activo, no de patrimonio como tanto se reitera incluso oficialmente, ya que tal activo puede deberse íntegramente e igual hay que oblar este gravamen), prácticamente cualquier propietario de un departamento de 2 ambientes resulta contribuyente, y por lo tanto incurre en evasión si no presenta su declaración jurada, al igual que los consabidos ricos. Siendo la igualdad “la base del impuesto y de las cargas públicas”, la lógica más elemental indica atacar todos los flancos. Es verdad que la AFIP viene trabajando denodadamente para que todos aquellos que deban contribuir lo hagan, sin excepción. Pero también es cierto que estos toques de búsqueda de ricos y famosos, tan caro a las pantallas vacías de noticiarios televisivos con pseudoperiodistas de cántico lastimoso, no constituye ni de lejos la manera adecuada de lograr una mejora en lo que se ha dado en llamar comportamiento fiscal. Da la sensación de que solamente se consigue azuzar ciertos resentimientos o frustraciones casi clasistas, lo cual no parece tener otro sentido que el ideológico, lamentablemente. Excede el marco de lo que nos proponemos en este comentario analizar el destino de los fondos, la ecuanimidad de las inspecciones, la razonabilidad de las tasas de impuestos, e inclusive la carga financiera que implica el pago anticipado de los gravámenes. Nos limitaremos entonces a marcar ciertos puntos que resulta imposible obviar por parte de quienes tienen la responsabilidad de legislar y de utilizar el poder de policía. El primer aspecto lo hemos ya señalado: el impuesto sobre los bienes personales, cuyo nombre original era el de impuesto a la riqueza, es una broma de mal gusto no sólo por el ínfimo mínimo no imponible, sino porque tal mínimo es, además, exclusivamente del activo, sin considerar el pasivo, lo cual lo convierte en algo genuinamente grotesco. Otro aspecto de gran importancia es que resulta inaudito que un impuesto que recae esencialmente sobre propiedades, es decir sobre bienes registrables, sea aplicado en cabeza de las personas y no de los bienes en cuestión. Es decir, ir a averiguar quién vive en la torre Le Parc puede satisfacer la gula colectiva, pero es suficiente con ir al Registro de la Propiedad. Sabemos que la AFIP cuenta hoy por hoy con una enorme cantidad de datos de los contribuyentes, por lo cual es más que probable que los propietarios de unidades de categoría, más que cualesquiera otros, estén de sobra calados, o deberían estarlo. Surge entonces aquello que hoy se llama la necesidad de mediatizar la noticia. Esto es, la idea, probable, de que así los menos agraciados por la fortuna obtengan la satisfacción de saber que si no están mejor no es por culpa de los gobernantes, o de ellos mismos, sino de los propios conciudadanos incumplidores. La realidad es que el grado de incumplimiento es enorme, y en todos los sectores. Y esto no lo decimos nosotros solamente, ya que la propia AFIP difunde cifras como las que motivan el presente comentario, donde nada menos que un 67% de los contribuyentes analizados, muestra inconsistencias en sus declaraciones. El régimen de información con el que se obliga a los administradores a suministrar datos de los propietarios u ocupantes de departamentos, se suma a la impresionante lista de aplicativos que cualquier lector puede observar en www.afip.gov.ar, constituyendo una carga pública más de las tantas inauguradas en esta materia en los últimos años. La enorme cantidad de disposiciones y normas nacionales, provinciales y municipales que obligan a contribuyentes y terceros a informar y aportar datos de manera habitual es tan grande que resulta virtualmente imposible enumerarlas a todas. El costo administrativo para las empresas y los particulares de tamaña carga de trabajo no es medido cuando se analiza y se informa la presión tributaria que deben soportar los contribuyentes. Cabe imaginar en un futuro no muy lejano, que prácticamente cada persona mayor de edad estará obligada a presentar algún tipo de información a la AFIP o a las Direcciones de Rentas. Tanto información suya como de terceros. De lo que hace y de lo que no hace. De lo que hacen los terceros y de lo que no hacen. El grado de absurdo al que poco a poco vamos arribando parte de una premisa: los propios ciudadanos deben delatar a sus vecinos, amigos, proveedores y hasta clientes. El Estado no mide, como decimos, el costo de semejante maraña de obligaciones. No es de su incumbencia, pareciera. El Lic. Abad tiene fama de eficiente, tal vez con justa razón. Pero hay que decir que si puede pedir infinitas cosas a todos nosotros, la eficiencia deja de ser tal, porque la misma implica también una economía de recursos. Y esta suerte de abuso normativo que está viviéndose es sumamente costoso, sólo que lo pagan los particulares y las empresas, y no el organismo recaudador. Otro aspecto que no debemos dejar de destacar, es el de los monotributistas propietarios. Si bien al menos en la noticia conocida se deja abierta la puerta a la posibilidad de que tales contribuyentes podrían en determinados casos adquirir propiedades de alto valor, la idea general de la información es la contraria. Es decir, alguien tiene ingresos muy elevados pero paga como pequeño contribuyente. La verdad es que en la actualidad, y desde hace ya bastante, los ingresos brutos de un monotributista comerciante pueden alcanzar los $ 144.000.- por año, mientras que los de un monotributista que brinda un servicio, el tope es de $ 72.000.-. Si en una familia trabajan dos o más personas estas cifras pueden duplicarse o triplicarse. Esto no es forzar un argumento, ya que profesionalmente hemos conocido casos de este tipo. Claro que tampoco comemos vidrio y es de suponer que lo más probable es que se trate de personas con altos ingresos que no los declaran. Y si esto es así volvemos sobre el sistema tributario. ¿Por qué alguien que tiene altos ingresos no es detectado por el Fisco salvo cuando éste concurre con un “operativo” a la torre Le Parc?. ¿No estamos hablando de un alto grado de eficiencia operativa, precisamente? Estas y otras preguntas acuden a nuestra mente, pero las dejamos para formular y responder en otra oportunidad.

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